La aprobación de la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje, conocida como Ley REP 20.920, puso a Chile a la vanguardia de la región en materia de control de residuos.
Promulgada en 2016, busca disminuir la generación de residuos y fomentar su reutilización y reciclaje. La normativa, que estará completamente operativa en mayo de 2021, obliga a los fabricantes a organizar y financiar la gestión de los residuos que sus artículos generan, con el fin de proteger la salud de las personas y el medio ambiente.
¿Qué obligaciones tienen los generadores de residuos?
Según indica la ley, "todo generador de residuos deberá entregarlos a un gestor autorizado para su tratamiento, de acuerdo con la normativa vigente, salvo que proceda a manejarlos por sí mismo".
Por consiguiente, los residuos sólidos domiciliarios y asimilables deberán ser entregados a la municipalidad correspondiente o a un gestor autorizado para su manejo, como por ejemplo la empresa TodosReciclamos.cl.
¿Cuáles son los productos prioritarios?
- Neumáticos
- Envases y embalajes
- Aceites lubricantes
- Aparatos eléctricos y electrónicos
- Baterías
- Pilas
¿Cuáles son las metas de recolección y valorización?
El Ministerio de Medio Ambiente (MMA) establece las metas en relación con la cantidad de productos prioritarios introducidos en el mercado nacional por cada productor.
Para ello se aplican principios de gradualismo y de jerarquía en el manejo de residuos, estableciendo diferencias en las metas en base a consideraciones demográficas, geográficas y de conectividad.
¿Qué tipo de infracciones considera la Ley?
Se distinguen infracciones gravísimas, graves y leves. Entre las gravísimas se encuentran no inscribirse en el registro establecido en el artículo 37 ni contar con un sistema de gestión autorizado, entre otras.
Algunas de las graves son no cumplir con las metas de recolección y valorización, así como efectuar cambios al plan de gestión sin previa autorización. ¿Las leves? No proporcionar al MMA información adicional requerida.
¿A qué sanciones se exponen los productores de residuos?
El que contamina, paga. Cada generador de residuos es responsable de éste, así como de internalizar los costos y las externalidades negativas asociados a su manejo. Entre las sanciones se encuentran las siguientes:
- Las infracciones gravísimas arriesgan una multa de hasta diez mil unidades tributarias anuales.
- Las infracciones graves podrán ser objeto de multa de hasta cinco mil unidades tributarias anuales.
- Las infracciones leves se exponen a una amonestación por escrito o multa de hasta mil unidades tributarias anuales.
En conclusión, la Ley REP busca dejar atrás la cultura de producción y desecho, adoptando un nuevo modelo de "Economía Circular" donde la industria se responsabilice por los residuos generados.